martes, 13 mayo 2025
Por: Miguel Angel Trujillo
La Corte Constitucional de Colombia ha paralizado las mesas de trabajo sobre la UPC del Ministerio de Salud, exigiendo más inclusión ciudadana.
Bogotá, 13 de mayo de 2025. La Corte Constitucional de Colombia ha emitido una orden que obliga al Ministerio de Salud y Protección Social a suspender las mesas de trabajo destinadas a calcular la Unidad de Pago por Capitación (UPC) por un periodo de 30 días. Esta decisión surge como respuesta a la falta de participación ciudadana adecuada en el proceso, un requisito esencial según la Constitución del país.
La medida fue tomada por la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, compuesta por los magistrados José Fernando Reyes, Vladimir Fernández y Miguel Polo Rosero. Ellos destacaron que, aunque se establecieron las mesas técnicas, no se ha logrado una participación efectiva de todos los sectores involucrados, incluyendo organizaciones médicas y asociaciones de pacientes.
“La participación ciudadana no solo es un derecho, sino una necesidad para la legitimidad de las políticas públicas en salud”, afirmó la Corte en su fallo. El Ministerio, dirigido por Guillermo Alfonso Jaramillo, ahora debe revisar y ajustar la metodología de estas mesas para asegurar una inclusión adecuada y efectiva de todos los actores relevantes.
Este fallo se apoya en las preocupaciones expresadas por varias entidades, como la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) y la Procuraduría General de la Nación, quienes señalaron que el proceso carecía de transparencia y retrasaba el cumplimiento de decisiones judiciales anteriores. Esta situación, según los críticos, podría comprometer el acceso oportuno a tratamientos médicos necesarios para los ciudadanos.
Con esta decisión, la Corte busca no solo asegurar la transparencia y la participación en el cálculo de la UPC, sino también reforzar la confianza en las decisiones que afectan directamente la salud y el bienestar de millones de colombianos. Se espera que este parón temporal permita al Ministerio realizar los ajustes necesarios para que el proceso sea más inclusivo y representativo, cumpliendo así con los mandatos de la Sentencia T-760 de 2008 y los principios del Estado social de derecho.
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